Por Rogelio Rodríguez Mendoza.
Porque viola el derecho a la igualdad y el de no discriminación, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, (SCJN), invalidó una fracción del artículo 86 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de Tamaulipas.
SCJN invalida fracción de ley
Se trata de la fracción VII que contiene uno de los requisitos para ser titular de la Auditoría Superior del Estado (ASE)
Dicha fracción prevé como condición para los aspirantes al cargo: “No haber sido inhabilitado para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, ni removido de algún cargo del sector público o privado por causa diferente a la renuncia”.
El texto había sido incorporado en la ley a través del decreto 65-124 expedido por la actual legislatura local, de mayoría morenista, en abril del 2022, y un mes después la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), promovió la acción de inconstitucionalidad al estimar que esa parte de la ley era violatoria de derechos fundamentales.
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Razones para tomar esta decisión
En sus razonamientos, los ministros consideraron que, efectivamente, la fracción impugnada es inconstitucional por las siguientes razones: a) No permite identificar si la respectiva sanción (la inhabilitación) a un servidor público se impuso por resolución firme de naturaleza administrativa, penal o política; b) No distingue entre sanciones impuestas por conductas, faltas o infracciones graves o no graves; C) No contiene límite temporal, en cuanto a si la respectiva inhabilitación se impuso varios años atrás o de forma reciente; y d)
No distingue entre personas que ya cumplieron con la respectiva sanción y entre sanciones que están vigentes o siguen surtiendo sus efectos.
La sentencia de la SCJN fue publicada en el Periódico Oficial del Estado (POE), el pasado 22 de febrero.