diciembre 11, 2024
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“Olvidan” publicar reformas que endurecen castigo al hostigamiento sexual

abril 11, 2024 | 256 vistas

Por Rogelio Rodríguez Mendoza.

A pesar de haberse expedido por la legislatura local desde el dos de octubre del 2023, no ha sido publicado en el Periódico Oficial del Estado (POE), el decreto 65-665 que contiene diversas reformas al Código Penal de Tamaulipas, entre ellas algunas que endurecen el castigo para el delito de hostigamiento sexual.

Desconocen porque no se ha publicado

Ante la situación, la diputada del PRI, Alejandra Cárdenas Castillejos, solicitó al presidente de la mesa directiva del Congreso del Estado, Eliphalet Gómez Lozano, que verifique ante el Poder Ejecutivo la situación que guarda dicho decreto, para saber las razones por las que no ha sido publicado.

Dijo que a la fecha, el Congreso no ha recibido comentarios o modificaciones que pudiesen justificar el que no se haya publicado en el POE y que por lo tanto no haya entrado en vigencia.

“No podemos permitir que se sigan presentando casos de hostigamiento sexual, ni en las instituciones de gobierno, ni en ninguna entidad pública o privada”, señaló.

Reforma al Código Penal

A través de ese decreto se le hicieron diversas reformas al Código Penal, entre las que destaca la relacionada con el hostigamiento sexual, establecido en los artículos 276 Bis, 276 Quarter y 276 Quinquies.

El primero de los artículos señala que: “Comete el delito de hostigamiento sexual, quien directamente o a través de interpósita persona, valiéndose de una posición jerárquica derivada de la relación laboral, docente, doméstica o cualquier otra genere, se asuma o implique subordinación, asedie a otra persona ofreciendo una supuesta ayuda, ventaja o aprovechamiento de diversa naturaleza, ya sea en numerario o en especie, o privilegios laborales indebidos o de evaluación en la docencia, ya sea para si, para otros o para la familia de la víctima, o bajo amenaza que de no acceder será destituido, degradado, removido o perjudicado en su situación laboral, o simplemente emitiéndole propuestas ajenas a las tareas laborales o educativas, o utilice lenguaje lascivo con este fin o le solicite ejecutar cualquier acto de naturaleza sexual”.

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A su vez, el articulo 276 Quater, contempla que: “Al responsable del delito de hostigamiento sexual se le impondrán de uno a cuatro años de prisión y multa de cien a seiscientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización”.

El numeral 276 Quinquies, prevé que si el agresor es servidor público se le inhabilitara de uno a cuatros años para desempeñar cualquier empleo, cargo o comisión públicos.

La reformas buscan prevenir y combatir el hostigamiento sexual en el ámbito laboral, principalmente en el servicio público, pero a la fecha siguen sin entrar en vigor.

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