junio 28, 2024
Publicidad

Beso no consentido será una ‘agresión sexual’, declara Tribunal Supremo de España

junio 25, 2024 | 106 vistas

Agencias.- En España, el Tribunal Supremo (TS) estableció en una sentencia que un beso sin consentimiento expreso o tácito constituye un delito de agresión sexual, al ser una “intromisión en la libertad sexual” de la víctima con el propósito de “obtener una satisfacción sexual a costa de otro”.

De esta manera le fue impuesta una sentencia de un año y nueve meses de cárcel impuesta a un agente policial que dio un beso en la mejilla e intentó después darlo en los labios a una detenida sin su consentimiento en la zona de los calabozos.

Un abuso, besar sin consentimiento

Dejaron en claro que no es preciso un “no” de la víctima ante los intentos de besar a una mujer, sino que para que no exista delito lo que hace falta es que consienta, que es la “clave”.

El Tribunal Superior en este caso confirma la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Sevilla por un delito de abuso sexual, que ahora, con la ley de libertad sexual conocida popularmente como “ley del solo sí es sí“, es un delito de agresión sexual.

En este caso concreto se añade la circunstancia agravante de prevalimiento y la atenuante de embriaguez.

La ley fue aprobada en el 2022 y elimina la distinción entre abuso y agresión sexual (todo se considera agresión) y el consentimiento expreso en las relaciones pasa a ser el fundamento para juzgar los delitos, de ahí que sea conocida como la ley del ‘solo sí es sí’.

Los magistrados señalaron que no puede entenderse, “que exista un derecho de cualquier persona a acercarse a otra y darle un beso cuando la víctima no lo admite como prueba de cariño o afecto”, por la circunstancia que sea.

Es un ataque personal a la intimidad

Indicaron que se trata de “un ataque personal a su intimidad y libertad sexual de consentir o no consentir quién pueda acercarse a la misma para hacer un acto tan íntimo y personal como es darle un beso”.

En cuanto a los “besos robados“, sin consentimiento, el Supremo señala que son un “ataque a la libertad de la mujer de decidir con quién quiere besarse o quién acepta y admite que le dé un beso”.

En el caso que se refiere al agente condenado, que se aprovechó de que la víctima estaba detenida y la besó, según acreditó la sentencia que lo sentenció en primera instancia, que también reflejaba que llegó a “mirarse directamente sus genitales y a resoplar para que la detenida se fijara en él”.

Las circunstancias del caso no avalaban el consentimiento de la víctima, sino “todo lo contrario”, lo que “no evitó que se acercara y le diese un beso en la mejilla” e intentara darle otro en los labios, algo que la mujer evitó “volviendo la cara”.

 

☀️ También te puede interesar:

Julian Assange sale libre tras un acuerdo con EU

Comentarios