diciembre 21, 2024
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Proponen diputados ‘Ley anticabecismo’

septiembre 20, 2024 | 334 vistas

Rogelio Rodríguez Mendoza

Cd. Victoria, Tam.-
Los diputados y diputadas de la próxima legislatura del Congreso del Estado que hayan cometido delitos antes de asumir el cargo no tendrán fuero constitucional.

Así lo establece una iniciativa de decreto que contiene diversas reformas a la Ley sobre la Organización y Funcionamiento Internos del Congreso del Estado impulsada por la bancada de Morena, dictaminada a favor por la Diputación Permanente este jueves, y que el martes próximo será sometida a la aprobación del Pleno Legislativo en sesión extraordinaria.

Además, se establecerá en la ley que las autoridades podrán cumplimentar mandamientos judiciales o administrativos dentro del recinto legislativo, para lo cual solo se requerirá de la autorización del presidente de la mesa directiva o del presidente de la Diputación Permanente.

En la exposición de motivos, se argumenta que con las reformas “se busca evitar que se use el cargo de diputada o diputado local como un instrumento de protección para no responder por su conducta criminal”.

Y añade: “Sería ilógico que este Congreso de Tamaulipas tenga que iniciar un procedimiento de desafuero para permitirles a las autoridades ejecutar la acción penal contra una diputada o diputado que cometió un delito antes de ocupar y protestar el cargo que la sociedad le confirió”.

De esa manera, la ley establecerá que no será necesaria la declaración de procedencia para desaforar a un legislador o legisladora, cuando el delito del que se le acusa lo haya cometido antes de rendir protesta.

Con respecto a la disposición para que los mandamientos judiciales y administrativos puedan ser cumplimentados dentro del edificio del Congreso, los diputados morenistas señalan que el recinto legislativo debe dejar de ser un instrumento de impunidad de los actores políticos.

 

Perder la condición de diputado

Otro punto relevante de la iniciativa es el que establece que los integrantes de la legislatura perderán su condición de diputado o diputada cuando se actualice alguna de las hipótesis establecidas en el artículo 38 de la Constitución federal.

Algunos de esos supuestos son: por estar sujeto a un proceso criminal por delito criminal que merezca pena corporal, a contar desde la fecha del auto de formal prisión; Por estar prófugo de la justicia, desde que se dicte la orden de aprehensión hasta que prescriba la acción penal; por sentencia ejecutoria que imponga como pena esa suspensión, y por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual.

La reforma también obligará a los nuevos diputados y diputadas, a que previo al día de la toma de protesta acudan a tramitar una identificación personal, que los acreditará como integrantes de la legislatura.

“Esta medida, sin lugar a dudas, busca recopilar la información necesaria que permita identificar plenamente a las nuevas personas propietarias de un escaño dentro del Poder Legislativo con antelación al inicio del primer periodo ordinario de sesiones del primer año de ejercicio constitucional”, se argumenta.

 

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