Rogelio Rodríguez Mendoza
Ciudad Victoria, Tamaulipas.-
En Tamaulipas se castigará hasta con 12 años de prisión la aplicación de sustancias modelantes con fines estéticos de las personas.
Así lo determinó el Congreso del Estado al aprobar diversas reformas al Código Penal.
Los diputados le adicionaron el capítulo Uno Quater, denominado “Aplicación de Sustancias Modulantes no autorizadas con fines estéticos”, al título décimo sexto.
También le adicionaron al ordenamiento punitivo los artículos 328 Nonies y 328 Decies.
El primero de dichos artículos señala ahora que: “A quien inyecte o aplique sustancias modelantes con fines estéticos y cause daños o alteraciones a la salud, de manera temporal o permanente, se le impondrá una pena de seis a ocho años de prisión, cuando dichas sustancias no estén autorizadas por la autoridad competente.
“Para efectos de este artículo, son sustancias modelantes no autorizadas los biopolímeros de origen sintético u orgánico como la parafina, la silicona líquida, el cemento óseo, el aceite de automóvil, el aceite mineral, el aceite comestible, la grasa de origen animal o vegetal, o cualquier otro tipo que, por su naturaleza, no sea apta para el uso humano y afecte los tejidos, órganos y sistemas, produciendo lesiones irreversibles o irreparables; así como cualquier otra sustancia o mezcla que no esté destinada a ser ingerida, inhalada, inyectada o Implantada en el cuerpo humano.
“Se entiende por fines estéticos, los procedimientos que tengan como objetivo cambiar, modificar o corregir el contorno o forma de diferentes zonas o regiones de la cara y del cuerpo humano, los cuales pueden ser mediante: l.- El procedimiento invasivo, tratamiento o intervención quirúrgica con fines cosméticos; y II.- La cirugía plástica estética.”
A su vez, el artículo 328 Deciés previene que: “La pena prevista en el artículo anterior incrementará en una mitad cuando: I.- La persona que realiza la aplicación o tratamiento es profesional de la salud, estetista, cosmiatra, cosmetóloga u otro similar; II.- La víctima quede con secuelas visibles permanentemente como consecuencia de la aplicación o tratamiento y afecte su calidad de vida o proyecto de vida; y 20 III.- Se cometan en niñas, niños, adolescentes y mujeres.
“Los términos establecidos para la prescripción no correrán mientras persistan las secuelas nocivas para la salud de la víctima. En caso de que la víctima fallezca por la aplicación o tratamiento de las sustancias modelantes no autorizadas, se aplicarán las reglas del homicidio según corresponda”.
El dictamen aprobado precisa que la intención de la reforma es prevenir daños ocasionados por intervenciones estéticas realizadas fuera de los estándares permitidos. “Aunado a lo anterior, resulta propicio señalar que esta reforma, además de erradicar prácticas irresponsables en los procedimientos estéticos, tiene como objetivo garantizar que dichos servicios cumplan con la normativa vigente, priorizando siempre el bienestar de las y los usuarios, y busca fomentar la profesionalización del sector médico y estético, lo cual permitirá reducir riesgos sanitarios y consolidar a Tamaulipas como un referente en la prestación de servicios médicos de alta calidad, generando una importante derrama económica a través del fortalecimiento del turismo médico”, abunda.
JR