febrero 19, 2025
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Profeco desmiente supuesta lista de alimentos permitidos en los cines

febrero 16, 2025 | 184 vistas

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) desmintió la supuesta lista de alimentos permitidos al momento de ingresar a los cines en México, que se ha difundido a través de redes sociales, aclarando que dicho listado no fue publicado en sus canales oficiales.

Consumidores aceptan los términos y condiciones

De acuerdo con la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), en su artículo 58, los proveedores de bienes y servicios no pueden condicionar la venta de sus productos o servicios en función del género, nacionalidad, preferencias sexuales, religión u otras características. Esto implica que ningún cine puede obligar a los consumidores a comprar exclusivamente alimentos en sus instalaciones.

La ley también establece que los proveedores de servicios deben ofrecer sus productos de manera equitativa y sin discriminación.

No obstante, también se reconoce que los consumidores aceptan los términos y condiciones de los establecimientos al momento de adquirir un boleto.

Ley Federal de Protección al Consumidor

La Profeco destacó que los cines operan bajo contratos de adhesión, regulados por los artículos 42 y 85 de la LFPC.

Artículo 42: “El proveedor está obligado a entregar el bien o suministrar el servicio de acuerdo con los términos y condiciones ofrecidos o implícitos en la publicidad o información desplegados, salvo convenio en contrario o consentimiento escrito del consumidor”.

Artículo 85: “Se entiende por contrato de adhesión el documento elaborado unilateralmente por el proveedor, para establecer en formatos uniformes los términos y condiciones aplicables a la adquisición de un producto o la prestación de un servicio, aun cuando dicho documento no contenga todas las cláusulas ordinarias de un contrato. Todo contrato de adhesión celebrado en territorio nacional, para su validez, deberá estar escrito en idioma español y sus caracteres tendrán que ser legibles a simple vista y en un tamaño y tipo de letra uniforme. Además, no podrá implicar prestaciones desproporcionadas a cargo de los consumidores, obligaciones inequitativas o abusivas, o cualquier otra cláusula o texto que viole las disposiciones de esta ley”.

Por lo tanto, si un cine especifica en su contrato que no permite el ingreso de alimentos externos, los consumidores deben cumplir con esa disposición.

La Profeco reiteró que no ha emitido ninguna lista oficial de alimentos permitidos en los cines y recuerda a los consumidores el verificar la autenticidad de la información antes de compartirla.

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LJ

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