La primera sesión ordinaria del Pleno del Congreso del Estado, celebrada el pasado martes, trajo consigo dos iniciativas de reforma al Código Penal de Tamaulipas que, lejos de fortalecer el Estado de derecho, generan una legítima preocupación.
No exagero al decir que ambas disposiciones legislativas podrían interpretarse como una especie de “licencia para matar”. Aunque el espíritu detrás de estas reformas parece responder más a la ignorancia jurídica que a la mala fe, el resultado podría ser sumamente peligroso.
Un adecuado análisis previo, que incluyera la consulta al Poder Judicial y a la Fiscalía General de Justicia del Estado, habría sido prudente.
La primera iniciativa, impulsada por Morena, busca establecer que se considerará legítima defensa cuando una persona actúe en auxilio de una mujer que se encuentre en una situación de violencia de género, ya sea física, sexual o feminicida, y cause daño a su agresor con el fin de cesar la agresión. Además, la reforma estipula que no se considerará exceso en la legítima defensa cuando la persona agredida experimente miedo o terror que le impida evaluar racionalmente su respuesta.
La intención puede ser loable, pero la redacción es alarmante. En los hechos, esta reforma equivaldría a otorgar carta blanca a cualquier mujer para alegar legítima defensa, incluso en situaciones en las que el uso de la fuerza letal no estuviera justificado. Si se aprueba, cualquier homicidio cometido bajo el argumento de haber sentido temor podría quedar impune.
Es innegable que la violencia de género, y en particular la violencia familiar, ha escalado a niveles preocupantes. Sin embargo, la respuesta no puede ser una flexibilización de la norma punitiva que, en los hechos, se convierta en un indulto anticipado para aquellas mujeres que atenten contra la vida de sus parejas. La justicia debe ser equitativa, no selectiva.
La segunda iniciativa, impulsada por el PT, PVEM y Morena, y que fue aprobada con dispensa de turno a comisiones y sin mayor análisis ni consulta al Poder Judicial o a la Fiscalía, autoriza a los jueces a conceder prisión domiciliaria a mujeres jefas de familia que hayan cometido un delito en condiciones de marginación.
Según la exposición de motivos, esta reforma busca mejorar las condiciones de las mujeres en situación vulnerable, permitiéndoles cumplir su condena en casa en lugar de en prisión.
El problema es que con ello se abre una peligrosa puerta a la impunidad, pues bastará con que una mujer alegue marginación y compruebe su condición de jefa de familia para evitar la cárcel. ¿Dónde queda, entonces, la proporcionalidad de la pena? ¿Cómo garantizar que la justicia siga su curso sin distinciones de género?
Es evidente que la violencia contra las mujeres sigue siendo una problemática urgente que requiere acciones contundentes. Pero flexibilizar el Código Penal hasta el punto de convertirlo en un escudo de impunidad no es el camino correcto.
En un afán de proteger a las mujeres, estas reformas podrían terminar socavando el principio fundamental de la justicia: la equidad ante la ley. Si el Congreso de Tamaulipas realmente busca soluciones efectivas, debe legislar con rigor técnico y sin concesiones populistas. De lo contrario, el remedio podría resultar peor que la enfermedad.
Desde este espacio hemos insistido en la necesidad de que, cuando se trate de iniciativas relacionadas con el sistema de justicia, se pida opinión a las instancias de procuración e impartición de justicia, e incluso a los mismos abogados litigantes.
Ellos son los verdaderos expertos. Si se les consultara seguramente se evitarían tantas aberraciones colocadas en el texto de la ley por la ignorancia o el protagonismo de quienes las promueven.
ASÍ ANDAN LAS COSAS.