noviembre 22, 2024
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Rogelio Rodríguez Mendoza

Una pura y dos con sal

abril 9, 2024 | 208 vistas

Se venció el plazo que el Instituto Electoral de Tamaulipas, (Ietam), les dio a los partidos políticos para que cumplieran con las acciones afirmativas en la postulación de las candidaturas a los cargos de elección popular que estarán en disputa en la elección del dos de junio y, simple y sencillamente a todos “les valió una pura y dos con sal”.

Una acción afirmativa consiste en, “aquellas medidas compensatorias para situaciones en desventaja, que tienen como propósito revertir escenarios de desigualdad histórica y de facto que enfrentan ciertos grupos humanos en el ejercicio de sus derechos, y con ello, garantizarles un plano de igualdad sustancial”.

A partir de reformas a la Ley Electoral de Tamaulipas, aprobadas el 8 de junio del 2023, y de modificaciones que el Ietam hizo al reglamento de Paridad, Igualdad y No Discriminación para la Postulación e Integración del Congreso del Estado y los Ayuntamientos, se establecieron las siguientes obligaciones para los partidos.

1.-Los partidos deberán postular a personas jóvenes en al menos una formula por cada ocho formulas postuladas por el principio de mayoría relativa.

2.-Para la elección de diputaciones por el principio de representación proporcional, los partidos políticos deberán postular al menos una fórmula de personas con discapacidad en las primeras cuatro posiciones de la lista correspondiente.

3.- Los partidos políticos, para el registro de planillas de ayuntamientos, deberán postular al menos una fórmula de personas pertenecientes a personas jóvenes, personas mayores, personas con discapacidad o personas de la diversidad sexual en la planilla de mayoría relativa, en al menos la mitad de los municipios donde hayan registrado candidaturas.

Si el municipio tiene más de 200 mil habitantes, los partidos deberán postular al menos dos fórmulas de personas jóvenes, personas mayores, personas con discapacidad o personas de la diversidad sexual.

A todo ello, se suma, por supuesto, la obligación constitucional y legal de los partidos políticos por el respeto a la paridad de género en la construcción de sus listados de candidatos.

Sin embargo, pese a ello hubo un desprecio absoluto de los partidos hacia esas obligaciones legales. Prácticamente ninguno dio cumplimiento a las acciones afirmativas. El PAN argumentó que no son vinculatorias, o lo que es lo mismo, que no está obligado a atenderlas.

Otros institutos políticos apelaron a la autodeterminación de los partidos, olvidándose de que son entes de interés público y por lo tanto se deben a la sociedad porque subsisten con dinero del pueblo. Si no fuera por el dinero público no existirían.

Además, no entienden que la vida interna de los partidos nada tiene que ver con la paridad de género y las acciones afirmativas en general.

Esta situación de valemadrismo partidista solo evidencia un hecho: que quienes están al frente de los partidos políticos no se han preocupado por informarse y empaparse de las nuevas obligaciones que les han impuesto las normas electorales.

Si lo supieran no tendrían que padecer la pena de que el Ietam les corrija la plana.

Deja claro, además, la grave carencia en los órganos de dirección partidista, de buenos asesores en materia electoral, que les impidan incurrir en este tipo de pifias.

ASI ANDAN LAS COSAS.

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